3 años de cárce a dos personas por beber agua durante el Ramadán
El ministerio público del Tribunal de Ain El Hamman, a 45 kilómetros de la ciudad de Tizi-Uzu, en la región de la Cabilia, pidió hoy tres años de prisión firme en el juicio a dos argelinos que bebieron agua durante el día en el mes sagrado musulmán del Ramadán, informaron fuentes judiciales.
El juicio a los dos obreros de la construcción, Hocine Hocini de 47 años y Sallem Felak de 34, comenzó hoy en medio de la polémica y con cerca de 300 personas concentradas a las puertas del tribunal en apoyo a los procesados.
Las dos personas fueron detenidas por la Policía el pasado 13 de agosto por romper el precepto musulmán de ayuno durante el mes de Ramadán, que obliga a no beber líquidos ni ingerir alimentos desde la salida hasta la puesta de sol.
Según expusieron hoy ambos ante el tribunal, la Policía les interpeló cuando estaban bebiendo agua en la obra de un edificio en construcción en el que trabajaban, al abrigo de las miradas y no en un lugar público.
Los dos procesados afirmaron que son de confesión cristiana y que por tanto no están obligados a observar el ayuno en Ramadán.
Sus abogados argumentaron que no existe ningún artículo legal que obligue a respetar el ayuno y que los hechos no constituyen delito.
Asimismo, consideraron el proceso un atentado contra la libertad individual y la Constitución argelina.
Por su parte, el fiscal aseguró que varios ciudadanos denunciaron a los acusados ante la Policía y consideró que su actuación “atenta contra la religión” y contra uno de los preceptos del Islam.
A las puertas del tribunal, cerca de 300 personas, entre ellos representantes de la Liga de Defensa de los Derechos Humanos y otras organizaciones civiles, se congregaron para expresar su apoyo a los procesados y gritaron consignas en demanda de su absolución.
En octubre de 2008 seis personas fueron condenadas en Argelia a cuatro años de prisión firme y a una multa de 100.000 dinares (cerca de 1.000 euros) cada una por no haber respetado el ayuno del Ramadán.
El código penal argelino, reformado en 2001, prevé en su artículo 144 bis 2 una pena de prisión de entre 3 y 5 años y una multa de 50.000 a 100.000 dinares para “cualquiera que ofenda al profeta o a uno de los enviados de Dios o denigre los dogmas o los preceptos del Islam, ya sea por escrito, verbalmente, en dibujos o por cualquier otro medio”.
[Agencia de Noticias]